La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (publicada en el BOE), trae consigo una serie de obligaciones importantes para las academias y centros de formación en España. Esta guía práctica resume, de forma clara y concisa, lo que necesitas saber y hacer para cumplir con la ley.
Lo Esencial de la Ley 8/2021
El objetivo principal de esta ley es proteger a niños, niñas y adolescentes de cualquier forma de violencia, ya sea física, psicológica, abuso sexual, acoso (incluido el ciberacoso), violencia de género, trata, o cualquier otra. La ley busca crear un entorno seguro en todos los ámbitos, y el educativo es fundamental.
Tus Obligaciones como Academia
- Comunicación Inmediata: Cualquier sospecha de violencia sobre un menor debe ser comunicada inmediatamente a las autoridades competentes (servicios sociales, policía, fiscalía). Esta obligación es para todo el personal.
- Protocolos de Actuación: Debes tener protocolos escritos y detallados que indiquen qué hacer ante cualquier sospecha o caso confirmado de:
- Abuso (físico, psicológico, sexual).
- Acoso (escolar, ciberacoso).
- Violencia de género.
- Otras formas de violencia.
Estos protocolos son obligatorios.
- Coordinador/a de Bienestar y Protección: Debes designar a una persona como responsable de coordinar la prevención y la actuación en casos de violencia. Esta figura es obligatoria.
- Formación Obligatoria: Todo el personal que trabaje con menores debe recibir formación específica sobre:
- Identificación de señales de violencia.
- Procedimientos a seguir ante sospechas.
- Protocolos de la academia.
- Derechos de la infancia.
- Seguridad en internet.
- Certificado de Delitos Sexuales: Todo el personal, tanto actual como futuro, debe presentar un certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. Esto es obligatorio.
Checklist Rápido para tu Academia
- Lee la ley: [Enlace al BOE].
- Protocolos:
- Si no tienes: Créalos. Busca modelos en línea (por ejemplo, del Consejo General de la Psicología de España o de tu comunidad autónoma).
- Si tienes: Revísalos y actualízalos.
- Coordinador/a: Designa a la persona responsable y asegúrate de que reciba formación.
- Formación: Planifica la formación para todo el personal. Busca cursos específicos sobre la Ley 8/2021.
- Comunicación: Asegúrate de que todo el personal sabe a quién y cómo comunicar sospechas. Ten a mano los contactos de las autoridades (servicios sociales, policía, fiscalía).
- Certificado: Pide el certificado a todo el personal actual y futuro.
Información Adicional Clave
- Artículo 18 (BOE): Debes informar a los alumnos sobre cómo comunicar situaciones de violencia. La información debe ser accesible (fácil de entender) y visible.
- Artículo 57 (BOE): Pide el certificado de delitos sexuales.