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Ley de Protección a la Infancia: Guía Sencilla para Academias

Profesores, aulas y alumnos

La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (publicada en el BOE), trae consigo una serie de obligaciones importantes para las academias y centros de formación en España. Esta guía práctica resume, de forma clara y concisa, lo que necesitas saber y hacer para cumplir con la ley.

Lo Esencial de la Ley 8/2021

El objetivo principal de esta ley es proteger a niños, niñas y adolescentes de cualquier forma de violencia, ya sea física, psicológica, abuso sexual, acoso (incluido el ciberacoso), violencia de género, trata, o cualquier otra. La ley busca crear un entorno seguro en todos los ámbitos, y el educativo es fundamental.

Tus Obligaciones como Academia

  • Comunicación Inmediata: Cualquier sospecha de violencia sobre un menor debe ser comunicada inmediatamente a las autoridades competentes (servicios sociales, policía, fiscalía). Esta obligación es para todo el personal.
  • Protocolos de Actuación: Debes tener protocolos escritos y detallados que indiquen qué hacer ante cualquier sospecha o caso confirmado de:
    • Abuso (físico, psicológico, sexual).
    • Acoso (escolar, ciberacoso).
    • Violencia de género.
    • Otras formas de violencia.

    Estos protocolos son obligatorios.

  • Coordinador/a de Bienestar y Protección: Debes designar a una persona como responsable de coordinar la prevención y la actuación en casos de violencia. Esta figura es obligatoria.
  • Formación Obligatoria: Todo el personal que trabaje con menores debe recibir formación específica sobre:
    • Identificación de señales de violencia.
    • Procedimientos a seguir ante sospechas.
    • Protocolos de la academia.
    • Derechos de la infancia.
    • Seguridad en internet.
  • Certificado de Delitos Sexuales: Todo el personal, tanto actual como futuro, debe presentar un certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. Esto es obligatorio.

Checklist Rápido para tu Academia

  1. Lee la ley: [Enlace al BOE].
  2. Protocolos:
    • Si no tienes: Créalos. Busca modelos en línea (por ejemplo, del Consejo General de la Psicología de España o de tu comunidad autónoma).
    • Si tienes: Revísalos y actualízalos.
  3. Coordinador/a: Designa a la persona responsable y asegúrate de que reciba formación.
  4. Formación: Planifica la formación para todo el personal. Busca cursos específicos sobre la Ley 8/2021.
  5. Comunicación: Asegúrate de que todo el personal sabe a quién y cómo comunicar sospechas. Ten a mano los contactos de las autoridades (servicios sociales, policía, fiscalía).
  6. Certificado: Pide el certificado a todo el personal actual y futuro.

Información Adicional Clave

  • Artículo 18 (BOE): Debes informar a los alumnos sobre cómo comunicar situaciones de violencia. La información debe ser accesible (fácil de entender) y visible.
  • Artículo 57 (BOE): Pide el certificado de delitos sexuales.
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